Cumbre de intendentes cordobeses por un fallo de la Corte Suprema que golpea a los municipios
En Córdoba se reunirán los intendentes de la ciudad de Córdoba, San Francisco, Villa María y Río Cuarto por la sentencia de la Corte que le dio la razón al Banco Galicia en contra de la tasa de Comercio e Industria. Preocupación por la recaudación y los servicios.

El intendente de Río Cuarto Guillermo De Rivas junto a su par de Villa María Eduardo Accastello, dos de los intendentes que estarán reunidos hoy por el fallo de la Corte Suprema. Foto: Municipalidad de Villa María.
Por Marcos Jure
Un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia causó alarma en los intendentes de las ciudades más grandes de Córdoba porque, según entienden, ataca el corazón del financiamiento de los municipios. El criterio del máximo tribunal podría generar una catarata de presentaciones judiciales en contra de la tasa de Comercio e Industria y herir gravemente las recaudaciones municipales: en Río Cuarto, por ejemplo, 3 de cada 10 pesos que ingresan tienen como origen esa contribución.
El impacto derivó en la cumbre que se hará hoy en Córdoba capital entre los intendentes Daniel Passerini, Guillermo De Rivas, Eduardo Accastello, de Villa María, y Damián Bernarte, de San Francisco, que analizarán en conjunto qué camino seguir para tratar de sostener la tasa de Comercio e Industria. Jurídicamente no ven demasiados caminos para dar pelea; por lo tanto, consideran que la salida debería ser política.
¿Por qué tanta preocupación? Porque la Corte, por unanimidad, revocó un fallo del Tribunal Superior de Córdoba y le dio la razón al Banco Galicia en contra de la Municipalidad de Córdoba, que le había determinado una cuantiosa deuda por Comercio e Industria. El máximo tribunal del país indicó que la tasa no puede convertirse en un impuesto y que los municipios deben demostrar qué servicios específicos le prestan al contribuyente, en este caso el Galicia, para determinar si corresponde el pago y cuál debe ser el monto.
“Si esto no tiene una modificación, puede haber un aluvión de demandas no sólo de bancos sino de comercios y empresas de todo tipo. Se puede desmoronar el principal sostén de la recaudación de los gobiernos locales. Muchos municipios no van a poder seguir funcionando”, indicó un dirigente.
Para la Municipalidad de Río Cuarto, la tasa de Comercio e Industria representó en julio de este año una recaudación de 3.193 millones de pesos.
¿Corre riesgo el cobro de la contribución en su conjunto? Los intendentes que se reunirán hoy en Córdoba consideran que sí. Y señalan que debería haber principalmente una respuesta política: una negociación a nivel de la gobernación y una gestión de los diputados y senadores por Córdoba.
Uno de los aspectos que genera especial preocupación es que el criterio que estableció la Corte Suprema se adecua casi de manera completa a la pretensión del gobierno nacional y del ministro de Economía, Luis Caputo, que había iniciado una avanzada a través del Banco Nación para atacar las tasas municipales. Según el criterio libertario, contribuciones como la de Comercio e Industria encarecen el funcionamiento de la economía. “El próximo paso va a ser contra Ingresos Brutos. Entonces, no sólo estarán desfinanciados los municipios sino también las provincias. El tema es quién va a prestar los servicios esenciales en ese caso”, indicaron desde el Palacio.
El fallo de la Corte Suprema revocó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que había avalado el cobro de la contribución municipal al Banco Galicia.
En el fallo, la Corte Suprema señaló que en el cobro de una tasa el Municipio debe demostrar que presta un servicio y que fue “efectivamente organizado y puesto a disposición del contribuyente”. Además ordena que haya una “relación razonable” entre esa prestación y el monto exigido.
Es decir, para que haya un cobro debe haber, inevitablemente, una contraprestación.
El litigio entre la Municipalidad de Córdoba y el Banco Galicia viene de arrastre desde 2008. El Estado capitalino había reclamando una deuda acumulada entre 2001 y 2005 y la entidad financiera fue a la Justicia. La ordenanza cordobesa justificaba Comercio e Industria con una lista de servicios que debían pagar los contribuyentes: higiene, salubridad, asistencia social, desarrollo de la economía, entre otros. El Tribunal Superior avaló ese criterio pero la Corte Suprema ahora lo desbarató: para el máximo tribunal, los municipios tienen que acreditar que efectivamente pusieron a disposición el servicio que están cobrando. Esto es: no puede haber un impuesto municipal sino una tasa que se genera en función de un servicio específico.
El principal motivo de inquietud del Municipio riocuartense es que el criterio de la Corte extienda rápidamente una consecuencia: que ante eventuales reclamos judiciales de los contribuyentes, la defensa del Estado local ni siquiera supere la primera instancia judicial y, por lo tanto, se vaya debilitando constantemente la recaudación del principal ingreso que tiene todos los meses.