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noviembre 21, 2024
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El Gobierno fijó tres días no laborables con fines turísticos en 2025

Las fechas designadas son el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre. Dependerá de la voluntad de cada empresa si les otorga la jornada libre a sus empleados. Las compañías tampoco tendrán la obligación de pagarles a quienes trabajen ese día como si fuera un feriado.

El Gobierno declaró a través del Decreto 1027/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial, tres días no laborables con fines turísticos para 2025.

Las fechas designadas son el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre y esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en la Argentina.

El artículo 1° del decreto establece textualmente: «Establécense como días no laborables con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas: AÑO 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre». La normativa fue firmada por el presidente Javier Milei y el ministro Guillermo Francos, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

El Gobierno destacó que la medida busca fortalecer la actividad turística, uno de los sectores clave para el desarrollo económico nacional. En los fundamentos del decreto, se subrayó que la decisión tiene como objetivo distribuir el turismo a lo largo del año, contrarrestando la estacionalidad que afecta al sector.

Según el texto, «dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la República Argentina» y añadió que estas fechas específicas están diseñadas para generar beneficios económicos en destinos turísticos de todo el país.

Asimismo, se mencionó que los días seleccionados coinciden estratégicamente con lunes o viernes para fomentar escapadas de fin de semana largo.

El decreto hace referencia al artículo 7° de la Ley 27.399, que otorga al Ejecutivo la potestad de fijar hasta tres días no laborables por año con fines turísticos. También, se menciona el artículo 6° de la misma ley, que regula el traslado de feriados nacionales que coincidan con días de semana para optimizar su impacto económico.

En este sentido, se recuerda que el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional, otorga al Presidente la facultad de dictar normas en el ámbito de su competencia. El texto también subraya que esta decisión se encuentra respaldada por la Ley de Ministerios N° 22.520, que confiere a la Jefatura de Gabinete de Ministros las atribuciones relacionadas con feriados y actos de carácter patriótico.

El Gobierno espera que la disposición contribuya significativamente al crecimiento del turismo interno, alentando a los argentinos a viajar dentro del país y dinamizando las economías regionales. En años anteriores, medidas similares demostraron ser efectivas para movilizar a millones de personas y generar ingresos en sectores como la hotelería, gastronomía y transporte.

¿Cuál es la diferencia entre día no laborable y feriado?

La ley de Contrato de Trabajo establece que en los días no laborables el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En otros términos, cada empresa tiene la facultad de darle el día libre o no a sus trabajadores. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple, sin adicionales. Además, en el caso de que el empleador considere la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.

En los días feriados, rigen normas legales similares a las del descanso dominical y los empleadores están obligados a darles el día libre a su planta. Hay excepciones en algunas actividades y los trabajadores que presten servicios durante un feriado deberán percibir el salario habitual más una cantidad igual, lo que generalmente se suele resumir como una paga doble.

En síntesis, a diferencia de años anteriores, en 2025 las empresas definirán si el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre son días laborables o no. Y en todos los casos pagará el salario habitual a sus trabajadores.