Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que pone límites al juego online
Restringe en forma estricta la publicidad, promoción y el patrocinio de los juegos de azar, pronósticos y apuestas deportivas y en línea. Incluye a las plataformas y redes sociales, la comunicación audiovisual y la indumentaria.
Sectores de la oposición lograron avanzar ayer en la Cámara de Diputados con la media sanción del proyecto para prevenir la ludopatía y regular el juego on line. La iniciativa impulsada por la Coalición Cívica logró 140 votos afirmativos -en general- gracias al apoyo mayoritario de Unión por la Patria, Democracia para Siempre, Encuentro Federal y el FIT. El Pro, la UCR y la Libertad Avanza se abstuvieron porque consideraron que el texto incurre en un exceso de regulación.
Si bien existía un amplio consenso en cuanto a la urgencia de atacar la problemática de la ludopatía infantil, el principal foco de conflicto fue la prohibición de la publicidad. El proyecto aprobado limita en forma estricta la publicidad, promoción y patrocinio de los juegos de azar, de pronósticos y apuestas deportivas y de apuestas en línea.
El texto aclara que “quedan comprendidas las plataformas y redes sociales a través de Internet, las tecnologías de la información y la comunicación, la comunicación audiovisual, la publicidad exterior, la indumentaria deportiva, la cartelería en la vía pública o en espacios privados de uso público, medios de difusión gráfica, radiales, televisivos, emplazamiento del producto, podcast o cualquier otro medio de comunicación actual o que surja en el futuro”.
También prohíbe el auspicio de equipos deportivos o deportistas en forma individual, utilizar su marca o denominación comercial para identificar a una instalación deportiva, estadios, academias deportivas, centros recreativos, espacios públicos, centros de entrenamiento, la promoción de pronósticos deportivos y la colocación de cartelería fija o digital en los campos de juego y estadios. También su difusión en festivales o recitales artísticos o musicales y eventos culturales en general.
Por último, incluye la publicidad indirecta o encubierta “a través de influencers, de programas infomerciales y/o la publicación onerosa o no, de testimonios de deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública o personajes de ficción, que los mencionen».
Desde el Pro señalaron que una definición tan taxativa podría dar lugar a muchos vacíos legales porque para el Derecho “lo que no está prohibido, está permitido”. En ese sentido, proponía una definición más amplia de “medio de difusión y comunicación” en general (tomando el ejemplo de la ley contra el tabaco) porque consideran que el vertiginoso avance de la tecnología podría hacer que la ley se vuelva obsoleta en el corto plazo.
“Elegimos hacerlo así porque no podemos dejar la reglamentación en manos de este Gobierno, que además tiene un secretario de Niñez que había trabajado para una importante empresa vinculada al juego (Codere). Además, tampoco queremos dejar la cuestión interpretativa a los juzgados de primera instancia que son muy permeables al lobby”, explicaron desde la Coalición Cívica.
Los libertarios no habían dado quórum para dar inicio a la sesión y luego dejaron en claro que no votarían a favor del proyecto. “Estamos de acuerdo en la prohibición de las apuestas en los menores de edad. Yo no le puedo determinar a otro adulto qué tiene que hacer, no podemos establecer qué tipo de vida quiere llevar. No vamos a acompañar porque no estamos de acuerdo con el producto final”, dijo Nadia Márquez, principal vocera oficialista sobre el tema.
“Creemos que hay regulaciones excesivas. Necesitamos una simplificación para tener una norma más práctica y tener en cuenta a las jurisdicciones provinciales”, concluyó.
El proyecto, en su artículo 2, prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas, de pronósticos y apuestas deportivas en línea. En esa línea, también estipula que los operadores y licenciatarios de juegos de apuestas deberán tener en sus sitios o aplicaciones mecanismos de verificación biométrica de identidad y edad -conectados con la base de datos del Registro Nacional de las Personas (Renaper)- para garantizar la mayoría de edad de los usuarios.