Deberán evaluar el impacto ambiental antes de construir un edificio en la Barranca del Cerro
El Tribunal Superior de Justicia ordenó someter el proyecto a una EIA por su ubicación en una zona de alto valor ambiental y urbano.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba resolvió que el proyecto para construir un edificio de seis plantas con 22 departamentos en el barrio Valle del Cerro no podrá avanzar sin antes pasar por una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). La obra está prevista sobre una parcela considerada «atípica» por su topografía, cercana al río Suquía y ubicada en un área de importante valor ambiental y paisajístico: la denominada Barranca del Cerro.
Aunque la empresa promotora alegaba que la normativa provincial (Ley N.º 10208) no exige este tipo de evaluación para su emprendimiento, el máximo tribunal de la provincia sostuvo que sí corresponde realizarla en el marco de la Ordenanza municipal N.º 9847 y su decreto reglamentario. La normativa local exige una EIA cuando se trata de terrenos con características singulares o en sectores con elementos de valor patrimonial ambiental.
La resolución también señaló que fue el propio municipio quien autorizó una mayor altura para la construcción planta baja y cinco pisos, cuando la norma zonal solo permite dos plantas justamente por tratarse de una parcela atípica. Sin embargo, no se contempló el paso previo de una evaluación ambiental, algo que el TSJ consideró obligatorio por los posibles efectos sobre el entorno natural y urbano.
“El terreno donde se proyecta la obra no solo es inusual por su geografía, sino que forma parte de un área que da identidad al barrio”, señaló el tribunal, al tiempo que subrayó la necesidad de proteger estos espacios.
El TSJ también destacó la importancia de abrir espacios de participación para los vecinos del barrio, quienes deberán ser convocados a través de audiencias públicas o plataformas digitales oficiales, accesibles y con adecuada difusión.
En su resolución, el tribunal hizo un llamado al “urbanismo participativo”, alentando a que el proceso de evaluación se convierta en un espacio de intercambio plural. “No puede haber imposiciones ni rechazos infundados. Se necesita diálogo para alcanzar soluciones legítimas y sostenibles”, indicaron los jueces.
En un enfoque poco habitual para decisiones judiciales, el fallo citó incluso la encíclica ambiental “Laudato Si”, del Papa Francisco, para destacar la importancia del encuentro, el respeto mutuo y la calidad de vida como valores fundamentales en el desarrollo urbano.
“Hay que avanzar hacia un cambio cultural en la forma en que concebimos nuestras ciudades. La búsqueda de la belleza en el diseño no basta, si no se piensa también en la armonía con el entorno y en el bienestar de quienes habitan y habitarán esos espacios”, concluyó el Tribunal.
La Municipalidad deberá convocar a una instancia de participación ciudadana y supervisar la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental antes de aprobar cualquier avance en la obra. Mientras tanto, el proyecto deberá esperar.