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octubre 7, 2026
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Tragedia en Estación Flores: los argumentos de la Justicia para encarcelar al dueño de los dogos que mataron a Trinidad

La conmoción que causó el atroz ataque ocurrido en barrio Estación Flores en julio de 2023 dio un paso clave para cerrar su capítulo judicial. La Cámara 1° en lo Criminal y Correccional de Córdoba explicó las razones por las cuales envió a la cárcel a José Luis Nieto, dándole una pena de 8 años y 1 mes de prisión efectiva por la muerte de Trinidad Ballesteros (15) y las heridas causadas al vecino Juan Marcelo Cocconi.

A través del voto del camarista José Pueyrredón (junto a Mario Capdevila y Gustavo Ispani), la Justicia fundamentó de manera muy humana y comprensible por qué esto no fue una «imprudencia» o una simple desgracia. El tribunal remarcó que Nieto “llevó adelante conductas intolerables”, puesto que “no tomó los recaudos, ni tuvo los cuidados necesarios” para contener a sus animales.

Los jueces explicaron que Nieto se fue de viaje dejando el portón vehicular sin los cerrojos ni la resistencia adecuada. El hombre era plenamente consciente de la amenaza: los dogos ya habían atacado a vecinos y mascotas en el sector y él ya había recibido sanciones por esa razón.

Al respecto, la sentencia sentencia de forma contundente: “La muerte de la víctima o que los canes causen lesiones no resultaba puramente casual, sino un efecto objetivamente probable y previsible”.

Estar a cargo de un peligro y no hacer nada

En los fundamentos, el tribunal recriminó que Nieto ni siquiera puso un cartel que advirtiera la presencia de perros peligrosos en la casa ni reforzó la puerta.

Al calificar su accionar, el camarista Pueyrredón fundamentó: “Debo concluir que Nieto obró con dolo eventual respecto del resultado muerte y lesiones, toda vez que al tener en su poder un elemento peligroso -perros raza dogo-, debió evitar que aquel produzca lesiones a los bienes jurídicos que tutela el ordenamiento jurídico, posicionándose como garante con el deber de controlar la fuente de peligro”.

Los magistrados concluyeron que el condenado “menospreció la concreta posibilidad de que con su conducta pudiera afectar la vida y la salud de las personas”, especialmente las de sus propios vecinos, mostrando “una total indiferencia para evitar la repetición de ataques de los canes”.

“Ha quedado claro que como directa consecuencia de la situación de peligro reseñada se produjo la muerte de la menor Trinidad Ballesteros y la lesión del damnificado Juan Marcelo Cocconi”, cerró el fallo que marca un precedente clave en Córdoba.