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septiembre 7, 2026
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El Gobierno reglamentó el Régimen Penal Juvenil: rige para adolescentes de 14 a 18 años

El Ejecutivo nacional completó el marco normativo de la Ley 27.801, que establece cómo se tratará penalmente a los jóvenes imputados por delitos.

El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Régimen Penal Juvenil mediante el Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma reglamenta la Ley 27.801 y determina que el régimen alcanza a adolescentes desde los 14 años hasta las cero horas del día en que cumplen 18, cuando sean imputados por un hecho tipificado como delito.

El Ministerio de Justicia quedó designado como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. Entre sus responsabilidades figuran coordinar la implementación del régimen, realizar el seguimiento de los adolescentes alcanzados, asistir a las víctimas y articular con las distintas jurisdicciones del país.

El decreto reproduce los fundamentos de la ley sancionada en febrero:

«Por la Ley N° 27.801 se estableció el Régimen Penal Juvenil aplicable a las personas adolescentes desde 14 años de edad hasta las cero horas del día en que cumplan 18 años de edad y se fijó como finalidad del régimen fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social».

Un comité interministerial para la coordinación

Uno de los puntos centrales del decreto es la creación del Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil, definido como un dispositivo permanente de articulación entre áreas del Estado. El texto oficial lo describe así:

«Créase, en el ámbito del Ministerio de Justicia, el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil como dispositivo permanente de articulación interministerial para la implementación de la Ley N° 27.801».

El comité tendrá a su cargo coordinar la actuación conjunta de los ministerios involucrados, elaborar lineamientos comunes en materia de prevención, abordaje y reinserción de los adolescentes, promover el intercambio de información estadística y técnica, emitir recomendaciones no vinculantes a la autoridad de aplicación, e instrumentar la articulación necesaria para la ejecución de las penas previstas en el artículo 12 de la Ley 27.801 en sus aspectos administrativos y operativos.

Lo integrarán un representante del Ministerio de Justicia, que ejercerá la coordinación, junto con representantes del Ministerio de Seguridad Nacional, el Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Salud.

Una Mesa Federal con las provincias

El decreto también crea la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, concebida como un espacio permanente de articulación entre el orden nacional, las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sus funciones incluyen promover la armonización de criterios técnicos y procesales entre jurisdicciones, intercambiar experiencias y buenas prácticas, facilitar la suscripción de convenios de colaboración y cooperación, y elaborar recomendaciones no vinculantes sobre la implementación del régimen.

La Mesa estará encabezada por un representante de la autoridad de aplicación y contará con un representante por cada provincia y por la Ciudad de Buenos Aires. También podrán participar representantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación, uno por cada organismo.

Cuándo entra en vigencia

La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La propia norma estableció que entraría en vigencia 180 días después de esa publicación. El decreto reglamentario dispone que sus disposiciones comenzarán a regir en forma conjunta con la ley, lo que fija la entrada en vigor efectiva del nuevo régimen para septiembre de 2025.