Tras 13 años presa por una emergencia obstétrica, el TSJ de Córdoba ordenó la libertad de Paola Ortiz
La resolución llega tras un planteo de revisión que habían presentado abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir (CDD). El Tribunal Superior de Justicia reconoció que la mujer vivía en un contexto de vulnerabilidad, pobreza y violencia.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba ordenó este martes por la tarde la inmediata libertad de Paola Ortiz, quien permanecía detenida desde hacía más de 13 años tras haber sido condenada a prisión perpetua por la presunta muerte de su bebé durante una emergencia obstétrica.
De acuerdo a lo publicado por medios locales, el máximo tribunal provincial hizo lugar al pedido de revisión de su condena a prisión perpetua y reconoció circunstancias extraordinarias de atenuación vinculadas con el contexto de vulnerabilidad, pobreza y violencia que atravesaba.
El pedido de revisión de la condena fue presentado por Rocío García Garro, integrante de la Guardia Feminista de Abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir, y Julia Luna, de Fuerza Chuncana.
El fallo representa una resolución de especial trascendencia por la incorporación de la perspectiva de género en el análisis de la causa y constituye un antecedente de notable relevancia para las demandas impulsadas durante años por organizaciones feministas.
Una condena tras un “parto en avalancha”
Paola Ortiz había sido detenida en 2013, luego de atravesar un denominado “parto en avalancha”, una emergencia obstétrica en la que el nacimiento ocurre de manera repentina e inesperada.
Sin embargo, la mujer fue juzgada por la presunta muerte del recién nacido. En 2015, la Cámara Correccional y del Crimen de Villa María la declaró culpable del delito de “homicidio agravado por el vínculo” y le impuso una pena de prisión perpetua.
Sin embargo, el informe forense incorporado a la causa señalaba que no podía determinarse con certeza si había existido vida posnacimiento.
A partir de ese elemento, las abogadas que impulsaron la revisión de la condena cuestionaron que existieran pruebas suficientes para demostrar que el bebé había nacido con vida. El planteo resultaba central: si el recién nacido había llegado al mundo sin vida, no podía configurarse el delito de homicidio.
El contexto de vulnerabilidad
Durante años, organizaciones feministas denunciaron que en el proceso judicial original no se habían considerado adecuadamente las condiciones de vida de Ortiz.
Según los planteos realizados por las organizaciones que acompañaron el caso, Paola se encontraba desempleada, tenía a su cargo la crianza de sus tres hijos y atravesaba una situación de violencia. Además, residía en una vivienda perteneciente a su exsuegro, a quien las denuncias señalaban como una persona que abusaba de ella.
Estos elementos fueron incorporados al pedido de revisión y finalmente considerados por el Tribunal Superior de Justicia al analizar las circunstancias extraordinarias de atenuación de la pena.
El reclamo feminista y el litigio estratégico
La revisión de la condena fue impulsada por Católicas por el Derecho a Decidir como parte de una estrategia destinada a revisar judicialmente el caso y visibilizar las condiciones particulares que atravesó Ortiz.
En conversación con La Nueva Mañana, Mónica Menini, abogada feminista y referente de la organización, recordó que Paola permaneció 13 años privada de su libertad hasta que las abogadas pudieron entrevistarse con ella y decidieron llevar adelante el recurso ante el máximo tribunal cordobés.
La dirigente destacó además que el tribunal aceptó el recurso y analizó los distintos atenuantes de la causa. La resolución del TSJ llegó después de que el movimiento feminista presentara 13 amicus curiae en respaldo del pedido.
Para Menini, la resolución también expresa la capacidad de organización y persistencia del movimiento feminista. “Siempre demostramos que, organizado, nuestro movimiento ha transformado y sigue transformando la realidad y haciendo historia”, sostuvo.