Luz verde para la Ley Antibúnker: Córdoba podrá demoler, clausurar y tapiar guaridas del delito

El gobernador Martín Llaryora promulgó la Ley Provincial 11.128, denominada Ley Antibúnker y Antiaguantaderos. La norma, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece un nuevo marco legal para que el Estado pueda intervenir sobre inmuebles y bienes utilizados para actividades delictivas o que, por su estado de abandono y deterioro, representen un riesgo inminente para la seguridad pública y la convivencia ciudadana.
Al declarar de interés público el ordenamiento territorial de seguridad, la legislación habilita la identificación, resguardo y recuperación de propiedades que funcionen como búnkeres o guaridas. No obstante, la ley aclara de manera explícita que la simple falta de uso de una propiedad no habilitará por sí sola la intervención estatal.
Medidas preventivas y plazos de intervención
Entre las herramientas administrativas previstas para neutralizar estos espacios se destacan el tapiado, cerramiento, clausura provisoria, bloqueo de accesos y la custodia preventiva. Estas acciones tendrán un carácter preventivo, temporal y proporcional, con un plazo inicial de hasta seis meses, que podrá ser prorrogado si persisten las condiciones de riesgo.
Por otra parte, la norma delimita con claridad las situaciones que deberán tramitarse por la vía judicial: aquellos casos en los que exista ocupación efectiva del inmueble, disputas por derechos de posesión o cuando se requieran medidas de fondo que excedan el poder administrativo.
Modificaciones clave en la lucha contra el narcotráfico
En lo que respecta al combate contra el narcomenudeo, la ley introduce modificaciones a la Ley Provincial 10.067. Ahora, los fiscales especializados podrán solicitar de manera directa a los jueces medidas contundentes como el aseguramiento del inmueble, la exclusión de personas vinculadas al delito y, como herramienta excepcional, la remoción, inutilización o demolición total o parcial de las estructuras utilizadas como búnkeres, siempre garantizando el debido proceso.
Para coordinar la operatividad en el terreno, se creó la Unidad Interagencial de Bienes Intervenidos y su respectivo Registro Provincial. Este organismo articulará el trabajo conjunto entre el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Justicia y Trabajo, el Ministerio Público Fiscal, la Policía de Córdoba, la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) y los gobiernos locales.
El destino de los bienes: 60% para la FPA y 40% para prevención
Uno de los pilares de la ley gira en torno al mecanismo de decomiso. El dinero generado por la subasta o venta de los bienes recuperados en causas narco tendrá una afectación específica e intransferible:
- El 60 por ciento se destinará de forma directa al fortalecimiento operativo, tecnológico y logístico de la FPA.
- El 40 por ciento restante financiará programas de prevención, asistencia a las víctimas y abordaje de consumos problemáticos.
Asimismo, los vehículos y demás recursos incautados al crimen organizado podrán ser asignados inmediatamente por la Justicia a la FPA y al Fuero de Lucha contra el Narcotráfico para su uso operativo en las calles.