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agosto 1, 2025
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Por decreto, Milei limita el derecho a huelga y amplía drásticamente las actividades esenciales

La medida, firmada por buena parte del Gabinete y publicada este miércoles en el Boletín Oficial, provocó una inmediata reacción de rechazo por parte de las organizaciones sindicales.

Foto: Juan Pablo Barrientos Viojf.

El Gobierno de Javier Milei avanzó nuevamente en su política de reforma laboral con la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, una norma que limita fuertemente el derecho a huelga al ampliar de manera significativa el listado de actividades consideradas esenciales y al crear una nueva categoría denominada “actividades de importancia trascendental”. La medida, firmada por buena parte del Gabinete y publicada este miércoles en el Boletín Oficial, provocó una inmediata reacción de rechazo por parte de las organizaciones sindicales, que la consideran un ataque directo a los derechos fundamentales de los trabajadores.

El decreto establece que, en caso de huelga, los sectores considerados esenciales deberán garantizar un funcionamiento mínimo del 75% de sus servicios, sin posibilidad de negociar porcentajes inferiores. A su vez, para las actividades que ingresen en la nueva categoría de “importancia trascendental”, se impone una cobertura obligatoria del 50% durante cualquier medida de fuerza. Este nuevo concepto se refiere a actividades cuya interrupción podría afectar metas fiscales, lo que amplía el alcance de la norma a sectores clave de la economía.

Hasta ahora, la legislación argentina, en línea con los estándares de la Organización Internacional del Trabajo, reconocía como esenciales solo aquellos servicios cuya interrupción pudiera poner en riesgo la vida, la salud o la seguridad de la población. Sin embargo, con el nuevo DNU, el listado se extiende considerablemente e incluye no solo los servicios sanitarios, hospitalarios y farmacéuticos, sino también el transporte y distribución de medicamentos, la producción y comercialización de energía, los servicios de telecomunicaciones, internet, comunicaciones satelitales, la aeronáutica comercial, el tráfico aéreo y portuario, y diversas áreas vinculadas al comercio exterior, como los servicios aduaneros y migratorios. También se incorporan la educación en todos sus niveles iniciales, el cuidado de menores y el transporte marítimo y fluvial, junto con sus operaciones conexas.

Por su parte, las actividades consideradas de importancia trascendental abarcan un amplio espectro de rubros. Desde la producción industrial continua, como la siderurgia y la industria química, hasta sectores como el transporte terrestre, la producción y distribución de alimentos, los servicios logísticos, bancarios, hoteleros, gastronómicos, medios de comunicación y todo lo relacionado con bienes y servicios destinados a la exportación. La amplitud de esta categoría ha sido uno de los puntos más cuestionados por abogados laboralistas y gremios, ya que consideran que el criterio es tan amplio que podría aplicarse a casi cualquier actividad.

La respuesta sindical no se hizo esperar. La Confederación General del Trabajo (CGT) denunció que el decreto “directamente prohíbe el derecho a huelga”, mientras que la Asociación de Abogados Laboralistas advirtió que, con esta regulación, las medidas de fuerza “pierden todo efecto”. Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, fue más allá y calificó al decreto como “ilegal” y “un ataque a un derecho fundamental de los trabajadores”, al tiempo que alertó que imponer una cobertura mínima tan alta en servicios esenciales vacía de contenido la herramienta de lucha más importante de los trabajadores.

El DNU 340/25 llega luego de que la Justicia frenara el capítulo laboral del anterior DNU 70/23 y de que el Congreso excluyera artículos similares de la discutida Ley Bases. En este contexto, las organizaciones sindicales ya anticipan una ola de presentaciones judiciales para pedir la inconstitucionalidad de la medida, que podría tensar aún más la relación entre el Gobierno y los gremios en medio de un clima social marcado por el conflicto y la movilización.